La Audiencia de Sevilla cuestiona el amparo del TC a Chaves y Griñán y se plantea ir a la justicia europea por los ERE
"Este tribunal no puede dejar de lado la posibilidad de que las valoraciones que hace el Constitucional no sean del todo compatibles con el derecho de la Unión", escriben los magistrados.

Sevilla--Actualizado a
La Audiencia de Sevilla ha emitido una providencia en la que pregunta a las partes en el caso de los Expedientes de Regulación de Empleo fraudulentos si consideran que el Tribunal Constitucional, que anuló parcialmente las sentencias condenatorias de los expresidentes Manuel Chaves (PSOE) y José Antonio Griñán (PSOE), se "extralimitó" de sus funciones.
La Audiencia afirma que la "finalidad" de su providencia es "decidir si procede o no el ulterior planteamiento de una cuestión prejudicial" ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE). El PP, que ejerce la acusación popular en esa macrocausa ya presentó una reclamación muy similar, en esta misma línea.
Los magistrados de la Audiencia plantean de este modo la cuestión: "Este tribunal no puede dejar de lado la posibilidad de que las valoraciones que hace el Tribunal Constitucional en esas sentencias, que llevan a entender que esta […] Audiencia Provincial y [… el] Tribunal Supremo han vulnerado el derecho a la legalidad penal de los recurrentes en amparo, no sean del todo compatibles con el derecho de la Unión [Europea]".
Cuatro puntos
Antes de decidir al respecto, en el escrito la Audiencia da diez días a las partes para que valoren la conveniencia de plantear esa cuestión prejudicial. Luego, tomarán su decisión. Los magistrados someten en concreto cuatro puntos a la interpretación de los implicados.
Por un lado, "si el Tribunal Constitucional se ha extralimitado en la función de control que le corresponde invadiendo ámbitos reservados a la jurisdicción de los jueces y tribunales al revisar, a través de una interpretación alternativa de elementos normativos de los tipos penales de prevaricación y de malversación de caudales públicos".
Por otro, "si la interpretación del Constitucional sobre las leyes de presupuestos se opone a la normativa y jurisprudencia comunitaria, al dejar al margen de todo control aquello que tenga que ver con la actividad presupuestaria desde la fase inicial de elaboración de los presupuestos a la fase final de su ejecución, lo cual podría generar una situación de desprotección del patrimonio público".
Además, la Audiencia plantea a las partes que opinen sobre la "posibilidad" de que la doctrina "incumpla" en este caso "las exigencias internacionales de lucha contra la corrupción política, siendo incompatible con lo dispuesto en el Tratado de Funcionamiento de la UE sobre la lucha contra el fraude y contra la actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Unión, de prevenir y combatir la corrupción en general".
Y, por último, la "posibilidad de que los tribunales ordinarios no apliquen las sentencias del Tribunal Constitucional interpretativas de las normas legales autonómicas (leyes de presupuestos) que, a su juicio, conducen a entender como lícitas las conductas de los acusados, cuando, según los tribunales ordinarios nacionales, dichas normas no excluyen la atipicidad penal".
Efecto mediático
Para el constitucionalista y ex letrado del TC, Joaquín Urías, consultado por Público, "el planteamiento de la cuestión es un disparate jurídico". "Solo puedo imaginar que lo hagan como acto de propaganda. Pero no jurídico", analiza.
"Lo más llamativo es que no invocan derecho de la Unión. Si se miran las preguntas solo una es sobre derecho europeo. Es un desafío claro. Jurídicamente es burdo. La única explicación es que se busque el efecto mediático de atacar al TC o que quieran dilatar los plazos e inaplicar la sentencia", agrega.
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